Ayudas para la rehabilitación de fachadas del Gobierno Vasco 2024
En aprovechamiento de los fondos europeos Next Generation EU, destinados a la consecución de la neutralidad climática, y en línea con los incentivos estatales, se ha diseñado el programa de ayudas para la rehabilitación de fachadas del Gobierno vasco, que cuenta inicialmente con un presupuesto de 39,1 millones de euros, con el compromiso de ampliarse en 47,2 millones adicionales en los próximos meses.
El contenido de estas ayudas se recoge en la Orden de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, donde se establece que sus objetivos fundamentales son la conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética de los edificios residenciales. También se concreta que las ayudas del Gobierno Vasco para la rehabilitación de fachadas se destinan a apoyar reformas iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020 y que en todo caso deberán ser ejecutadas antes del 30 de junio de 2026, así como que serán atendidas por orden de presentación y hasta agotar los fondos disponibles.
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Si quieres conocer cuáles son los requisitos para poder optar a estas ayudas, qué tipo de intervenciones son susceptibles de subvención y cómo presentar la solicitud, ¡sigue leyendo!
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Requisitos para solicitar las ayudas para la rehabilitación de fachadas del Gobierno Vasco
Para poder beneficiarse de las ayudas del Gobierno vasco para la rehabilitación de fachadas es necesario cumplir con los requisitos que la orden impone tanto a nivel del edificio objeto de rehabilitación como de la persona solicitante.
Requisitos del edificio o vivienda
El edificio objeto de rehabilitación deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder optar a las ayudas:
- Ser una vivienda unifamiliar o un elemento privativo de edificio en régimen de propiedad horizontal con una antigüedad superior a los 20 años. Quedan fuera del cumplimiento de este requisito edificios con daños que afecten a su seguridad y estabilidad o que sean residencia habitual de una persona mayor de 65 años y se pretenda con la obra la supresión de barreras arquitectónicas.
- Tener uso de vivienda habitual o probar que la intervención persigue su habilitación para tal uso.
- Si se trata de edificios protegidos, la rehabilitación deberá ser informada y autorizada por el órgano competente.
En ningún caso podrán ser objeto de subvención edificios deshabitados, declarados en ruinas, parcialmente destruidos o sobre los que se pretenda cambiar el uso residencial para aumentar el número de viviendas no destinadas a protección social.
Requisitos de las personas solicitantes o entidades beneficiarias
Para poder optar a la subvención, es necesario que el solicitante:
- Tenga la condición de propietario, arrendatario, usufructuario o sea titular de derechos reales que le legitimen al uso y aprovechamiento del edificio. Si no lo es, será preciso que presente autorización del mismo así como acuerdo expreso sobre quién costeará las obras de rehabilitación.
- Esté al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No esté sancionado penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones ni inhabilitado para ello.
- No concurra en las circunstancias del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
Adicionalmente, se abre una nueva línea de subvención especial destinada al fomento de la accesibilidad, de la que podrán beneficiarse mayores de 65 años y/o con discapacidad, así como unidades convivenciales con ingresos anuales ponderados que no superen los 12.000€.
Cuándo y cómo solicitar las ayudas para la rehabilitación de fachadas del Gobierno vasco
El Gobierno vasco ha pretendido homogeneizar al máximo el régimen de subvenciones a la par que mantener las particularidades de las principales intervenciones. Es por ello que el actual régimen jurídico se estructura en base a tres tipos diferenciados de obras: obras particulares, obras comunitarias y obras comunitarias de rehabilitación integral.
Línea 1: Obras particulares
Se trata de obras o rehabilitaciones en viviendas unifamiliares o en elementos privativos de edificios en régimen de propiedad horizontal, tanto en las viviendas como en los locales destinados a vivienda.
En este tipo de construcciones las obras podrán ser de:
- Conservación y habitabilidad (tipo 1).
- Rehabilitación energética (tipo 2).
- Mejora de la accesibilidad (tipo 3).
- Adecuación del acabado general de la edificación a los principios de la buena construcción (tipo 4).
La presentación de la solicitud se puede efectuar a través de este enlace o haciendo clic en el botón:
Línea 2: Obras comunitarias
Engloba todas aquellas rehabilitaciones de comunidades de propietarios destinadas a mejorar la habitabilidad, permitir el acceso a personas con discapacidad y reducir el consumo energético.
En concreto, las intervenciones subvencionadas son las siguientes:
- Adecuación estructural y constructiva del edificio, así como de las condiciones de habitabilidad de las viviendas y locales comerciales.
- Adecuación de las viviendas y sus accesos a la normativa vigente para personas con discapacidad física.
- Intervención en la envolvente térmica para el ahorro de energía, por ejemplo mediante el sistema SATE Rhonatherm®.
- Adecuación del acabado general de la edificación y de las viviendas a los principios de la buena construcción.
La presentación de solicitud se puede efectuar a través de este enlace o haciendo clic en el botón:
Línea 3: Obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente
Se consideran obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente aquellas obras en las que la rehabilitación tiene un alcance global, abarcando de forma simultánea la eficiencia energética, la accesibilidad y la seguridad en caso de incendio de, como mínimo, un edificio completo de propiedad horizontal cuyo uso sea mayoritariamente residencial. También se podrían contemplar actuaciones de mejora de la habitabilidad exterior de las viviendas.
Para que sea susceptible de optar a la subvención, el edificio debe cumplir las siguientes condiciones:
- Ser plurifamiliar (4 viviendas como mínimo).
- Ser anterior a 1980.
- Disponer de la correcta adecuación urbanística.
- Haber pasado una inspección técnica del edificio (ITE).
- Presentar carencias en la accesibilidad, eficiencia energética y seguridad en caso de incendio.
- Cumplir las condiciones mínimas de habitabilidad.
La presentación de solicitud se puede efectuar a través de este enlace.
Ayudas orientadas a la accesibilidad
Con el objetivo de dar un mayor alcance a aquellas rehabilitaciones que no puedan ser cubiertas en su totalidad con las ayudas a fondo perdido, se ha creado una línea subvencional especial orientada a la accesibilidad a la que únicamente podrán acceder mayores de 65 años y/o personas con problemas de movilidad reducida o sensorial. El ámbito de aplicación se extiende tanto a obras particulares como comunitarias, permitiendo abordar las obras de accesibilidad contempladas en las líneas 1, 2 y 3 de las ayudas de rehabilitación.
La cuantía de la subvención oscila entre los 9.000€ y 25.000€ y dependerá de la renta ponderada de la unidad familiar por su número de miembros, que en ningún caso podrá superar los 12.000€.
Ayudas para la rehabilitación de viviendas en Bilbao
La sociedad municipal de rehabilitación SURBISA del Ayuntamiento de Bilbao lidera un ambicioso programa de intervención integral. Con un enfoque que va más allá de la rehabilitación urbana, SURBISA, en colaboración con el Gobierno Vasco, canaliza los Fondos Next Generation para impulsar la renovación energética de viviendas y edificios en la ciudad.
Este innovador proyecto no sólo garantiza la seguridad y accesibilidad del patrimonio edificado en áreas clave como el Casco Viejo, Bº De la Cruz, Bilbao La Vieja, entre otras, sino que también promueve la eficiencia energética y la calidad de vida. Tras asignar los 17 millones de euros iniciales, SURBISA responde a la alta demanda con una nueva inyección de 3 millones de euros, demostrando su compromiso con la transformación sostenible de Bilbao.
Las áreas de intervención de SURBISA abarcan tanto la rehabilitación en Bilbao de edificios, viviendas y locales, como la promoción de valores fundamentales, desde la sostenibilidad medioambiental hasta la salud y el compromiso social.
Desde el Sistema de Aislamiento Térmico Exterior (SATE) en Bilbao hasta las ayudas para la rehabilitación de fachadas, se trata de un proceso que no solo transforma edificios, sino que también impulsa la economía local.
Obtén más información sobre las ayudas para la rehabilitación de fachadas en Bilbao a través de este enlace.
Como ves, cada vez se da una mayor importancia a los proyectos de rehabilitación y, en consecuencia, aumentan las ayudas para la rehabilitación de fachadas disponibles. Todas estos incentivos son todavía más atractivos si tenemos en cuenta que en España existe la deducción por rehabilitación de vivienda en la declaración de la renta (IRPF).
Es tanta la variedad de incentivos, que en muchas ocasiones conviene contar con un perfil especializado, como un agente rehabilitador, que se encargue de la gestión burocrática y el asesoramiento sobre los mejores sistemas de rehabilitación de edificios
Si necesitas más información sobre las ayudas para la rehabilitación de fachadas del Gobierno vasco u otros incentivos similares, rellena este formulario o llámanos al 96 164 00 01. Te ayudaremos sin compromiso.